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El Tribunal de Apelaciones restablece la Ley de latidos del corazón de Texas.

Una corte federal de apelaciones dictaminó el jueves que la Ley de Latidos del Corazón de Texas puede permanecer en vigor mientras continúa el litigio sobre si la ley es constitucional.




Un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito de EE. UU. Votó 2-1 para rechazar la apelación del Departamento de Justicia de Biden para restablecer un fallo de un tribunal inferior que había bloqueado la aplicación de la ley. Los jueces Catharina Haynes y James Ho, designados por los presidentes George W. Bush y Donald Trump, respectivamente, concedieron la suspensión de la orden judicial del juez designado por Obama. El juez Carl Stewart, designado por Bill Clinton, discrepó.


El juez de la Corte de Distrito de los EE. UU. Robert Pitman, designado por Obama, ordenó “que el estado de Texas, incluidos sus funcionarios, funcionarios, agentes, empleados y cualquier otra persona o entidad que actúe en su nombre” tenga temporalmente prohibido hacer cumplir la ley de Texas.


El tribunal de apelaciones, sin embargo, emitió un fallo temporal hace una semana para restablecer inmediatamente la plena vigencia de la ley. El panel de jueces ahora ha evaluado los argumentos de ambos lados y ha permitido que la ley permanezca en vigor mientras avanza el litigio.


Texas se convirtió en el primer estado de la nación en promulgar una ley de aborto por "latidos del corazón", que prohíbe los abortos una vez que se puede detectar un latido fetal, generalmente alrededor de las seis semanas de gestación.


Otros estados han aprobado proyectos de ley de “latido del corazón”, pero una vez que se convirtieron en ley, los activistas que representan a la industria del aborto presentaron demandas que los desafiaron.


Posteriormente, los tribunales han bloqueado estas leyes, dictaminando que son inconstitucionales a la luz del fallo de 1973 de la Corte Suprema en Roe v. Wade y decisiones posteriores.


Sin embargo, la medida de Texas contiene un mecanismo de aplicación único mediante el cual cualquier ciudadano privado puede presentar una demanda civil contra un proveedor de servicios de aborto o cualquier otra persona que "ayude o incite" a un "aborto criminal", es decir, abortos realizados después de que se haya producido un latido fetal. detectado.


Según la ley, todas estas personas deben pagar daños y perjuicios a la persona que las demandó con al menos $ 10,000 por cada aborto ilegal que realicen o ayuden.


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